Henrique Capriles Radonski PRESIDENTE Carlos Ocariz GOBERNADOR

martes, 30 de diciembre de 2008

Félix Alberto Alayón, Director de la Casa del Poder Comunal Charallave:
“PIERDEN LAS COMUNIDADES POR LA INTRANSIGENCIA DE UN
OS POCOS"

Una polémica fue desatada el día lunes
entre algunos miembros de consejos comunales y del Director designado de la Casa Poder Comunal de la Parroquia Charallave en el Municipio Cristóbal Rojas, “allí se encontraba un representante de los consejos comunales, quien de buena forma nos atendió, fueron tomadas fotos para dejar constancia del estado en que se recibía la misma, y luego se procedió a retirar la publicidad electoral del partido político PSUV, en cumplimiento de lo establecido en la Ley, luego de esto dirigentes del PSUV, generaron una polémica e impidieron la posesión del cargo, a lo cual procedí a retirarme pues yo no vine aquí a crear conflictos, respeto sus posiciones pero la Legalidad debe respetarse”, afirmó el Nuevo Director. Desde ese entonces representantes del PSUV permanecen en las instalaciones, el día martes cuando tres trabajadoras permanentes de dicha casa fueron a ejercer sus funciones fueron desalojadas, con gritos e insultos, al igual que un representante de un Consejo Comunal del Sector Milagro de Dios, quien intentaba llamar a la calma y al diálogo.

LO QUE DICE LA LEY. La Resolución Nº 764 del Estado Bolivariano de Miranda, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 61 y 10, numerales 4 y 10 de la Constitución del Estado Bolivariano de Miranda y 47 numeral 11 de la Ley de la Administración Pública del Estado Bolivariano de Miranda publicado en Gaceta Oficial del Estado Bolivariano de Miranda del 19 de Diciembre de 2008, otorga la Legalidad al Director designado. Ley contra la Corrupción contempla sanciones contra la publicidad partidista en instituciones públicas: Art. 13. Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares. Art. 68. El funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o Movimiento político, será sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años.

COMENZAREMOS A TRABAJAR. El Director designado, aseguró que “se esta violando la ley con estas acciones, un grupo de dirigentes de consejos comunales realizaron una asamblea para designar una autoridad paralela, lo cual esta desprovisto de toda legalidad, la ley es muy clara, y quien pierde es la gente por la intransigencia de unos pocos, tomaremos acciones legales como lo ha establecido el Gobernador, desde ya comenzaremos a trabajar revisando los proyectos de los consejos comunales de la Parroquia, para iniciar los cambios y transformaciones que Charallave exige, iniciaré junto a mi equipo una serie de recorridos en los sectores para arrancar el trabajo, mi número telefónico es 0414.256.34.11 para aquellos consejos comunales que de verdad quieran trabajar para cambiar su calidad de vida”, finalizó.

No hay comentarios: